En los inicios de la colonización en los reinos de la monarquía hispánica, se establecieron formas institucionales para estructurar el poder y la jurisdicción.
Los primeros encargados fueron los gobernadores, seguidos por las audiencias y, finalmente, los virreyes.
Es crucial destacar que, al menos en el primer siglo de dominación, no se hacía referencia al término "Virreinato". Aunque existía un virrey, este gobernaba el "Reino de Nueva España".
Es necesario reconocer las diferencias entre ser virrey en regiones como Aragón, Cataluña o Nápoles, con sus arraigadas tradiciones jurídicas, usos y costumbres consolidadas, y el contexto en la realidad indiana.
En este último, los virreyes se enfrentaban a conquistadores, sus familiares, aliados y seguidores, así como a sociedades indígenas sometidas al derecho de conquista. La conquista otorgaba derechos que serían inaceptables en reinos como Nápoles.
La transición del derecho conferido por la conquista militar a las consecuencias legales derivadas de la legitimidad dinástica era jurídicamente significativa.
Durante este periodo temprano, el poder de los virreyes americanos resultaba menos cuestionado en comparación con sus homólogos en el resto de la monarquía hispánica.
La fundación del Consejo de Indias en 1524 reflejaba funciones similares a las del Consejo de Estado en Castilla o el Consejo de Aragón.
La segunda Audiencia, establecida en 1531 con letrados destacados, marcó el inicio de la instauración de un orden jurídico en el Reino de Nueva España.
Algunos letrados, como Maldonado y Quiroga, serían recordados por sus acciones a favor de los indígenas.
La llegada del primer virrey en 1535, don Antonio de Mendoza, impulsó la institucionalización de Nueva España.
Su gobierno y el de su sucesor, don Luis de Velasco el Viejo, entre 1550 y 1564, sentaron las bases de la estructura estatal en la región.
Las Leyes Nuevas, promulgadas por Mendoza en 1542, y las restricciones de dominium a los encomenderos bajo Luis de Velasco, rompieron cualquier posibilidad de establecer una sociedad feudal en tierras americanas.
Es esencial recordar que, en el momento de la conquista, la sociedad castellana era jerárquica y feudal, con el concepto de renta-privilegio como eje central.
Sin embargo, los conquistadores buscaban escapar de sus posiciones subordinadas en España, aprovechando el derecho de conquista sobre pueblos no-cristianos.
La Corona tenía el objetivo de evitar la consolidación de una auténtica nobleza señorial en Nueva España con dominio sobre las masas indígenas.
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