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lunes, 15 de agosto de 2022

ECONOMÍA COLONIAL TEMPRANA EN MÉXICO

Una de las consecuencias de esta época de formación de la economía colonial fue la construcción de las primeras ciudades, centros y núcleos de la dominación española sobre las comunidades vencidas. 

La ciudad se convierte en uno de los primeros centros de consumo y atracción económica surgidos en el espacio colonial. 

Así es como alrededor de las ciudades surgieron los ranchos, las haciendas, las estancias y los obrajes textiles para alimentar y vestir a la población urbana. 

Utilizando una mezcla de técnicas indígenas con europeas y con mano de obra indígena y esclava, los obrajes fueron en sus inicios verdaderas cárceles. En algunos se encadenaba a los trabajadores. 

Indios endeudados y traspasados al obraje por el titular de la deuda, mestizos o indios reos de diversos delitos y cuyo castigo era el trabajo en el obraje, ademas de esclavos negros. 

Por otra parte, hay diversos tipos de ciudades. Unas son preponderantemente políticas y administrativas, otras son mercantiles, otras se hallan ligadas a un puerto. 

Finalmente, hay ciudades que están estrechamente relacionadas con las minas, convirtiéndose en un centro de producción artesanal y en un espacio privilegiado para las transacciones mercantiles y financieras ligadas a la explotación minera. 

Formaron una red de mercados que impulsaron a las diversas regiones a estructurarse productivamente en función de la provisión de esos mercados. 

Se trata de lo que ha sido denominado «efecto de arrastre» de los polos mineros y urbanos. Pero la diferencia más marcada de la minería mexicana temprana con relación a la del área andina, es la excentricidad de los asientos mineros en relación a la meseta central. 

Los asientos mineros que se fueron descubriendo se hallaban en el norte, a cientos de kilómetros del valle central. Ello dio lugar a la constitución de una frontera minero-agraria. 

Esto tendría efectos duraderos en las formas laborales imperantes en la minería novohispana y en la conformación de los espacios productivos que la circundaron. 

¿Cómo nacen las nuevas formas laborales? 

Ya hemos visto que, una vez acabado el primer momento de estricto pillaje, fue indispensable comenzar a ordenar el acceso al trabajo indígena. 

Para ver más de cerca este proceso, lo observaremos a través del ejemplo del valle de Atlixco, en el área poblana de la meseta. 

Los gañanes antes de que los españoles llegaran al valle, ya estaban dadas algunas de las condiciones para el desarrollo de relaciones productivas semi-serviles. 

Ya que los «macehuales terrazgueros» prehispánicos del área poblana, en poco se distinguía de los auténticos terrazgueros que los castellanos conocían en su propia tierra como campesinos dependientes de los señores. 

No tenían derechos jurídicos sobre la tierra más allá del usufructo y estaban obligados a realizar prestaciones personales y al pago de tributos en especie a sus «señores naturales», en retribución por el usufructo de las parcelas que ocupaban. 

Este sistema sobrevivió a la invasión europea. La primera mención cronológica que tenemos a la existencia de indios «asalariados» (conocidos como «gañanes») de los españoles en el valle data de 1550. 

Los gañanes que los españoles comienzan a tener muy rápidamente en el valle (y que tuvieron el derecho a una pequeña parcela) se fueron asimilando poco a poco así a los antiguos terrazgueros prehispánicos e incluso, cuando se vendía una parcela perteneciente a un señor étnico que tenía macehuales dependientes, «daban obediencia al nuevo propietario, aunque fuese español». 

Pero había otro sistema laboral en beneficio de las nacientes empresas de los europeos, que se acentuó con la progresiva desaparición del servicio personal de la encomienda. 

Nos referimos al llamado «repartimiento de trabajo». Y aquí también encontramos antecedentes prehispánicos. 

Este sistema consistió en la asignación por turnos de parte del naciente poder colonial de la fuerza de trabajo de los pueblos indios a los empresarios hispanos no encomenderos. 

La primera mención es de 1531. Se obligaban a entregar un número de indios para las labores de los españoles a cambio de liberarse de la obligación de tributar una cantidad de fanegas de maíz y trigo. 

¿Cuáles eran las tareas de los indios «de repartimiento»? 

Las tareas excepcionales del ciclo del trigo que exigen gran concurso de fuerza de trabajo, así como todas las que no realizaban los gañanes, además, eran ellos los encargados de construir las obras hidráulicas. 

También las empresas mineras del centro de México tuvieron acceso al trabajo indígena a través del repartimiento. 

En el trabajo en la minería nos encontramos aquí con dos realidades diferentes. La de las minas del centro, donde la presencia del trabajo forzado a través del repartimiento era importante y la de las minas norteñas, donde éste casi no existía. 

Según data una fuente de 1580, sobre un total calculado de 4.500 trabajadores, tenemos un 58 por 100 de indios libres, un 24 por 100 de esclavos negros y un 18 por 100 de trabajadores forzados. 

Pero en las minas del norte la situación era radicalmente diversa. La causa se basaba en la situación excéntrica de esta minas respecto a la gran masa de población indígena de México. 

En las proximidades no había indios a quienes obligar al repartimiento y fue necesario acudir a otros mecanismos. 

Hay aquí varios aspectos que debemos analizar. En primer lugar, la diversa política de la Corona con respecto al papel que debían jugar los líderes étnicos en cuanto al control de la sociedad indígena como sociedad subordinada. 

En segundo lugar, la relación entre ese papel y los cambios en la forma y composición del tributo. Esta etapa se caracteriza por la progresiva implantación de un tributo con un criterio rígido (cuota fija). 

Un documento nos da una idea del enorme cambio que significó esta alteración en la carga tributaria: el monto del tributo pasa de 21.000 fanegas de maíz y unos 2.000 pesos, a aproximadamente 12.000 fanegas y 70.000 pesos. 

Es decir, hay un crecimiento de la carga tributaria, sumado a una acentuación indudable de la monetización de la renta (la monetización impulsaba a los indígenas hacia el mercado a los efectos de vender sus productos o su fuerza de trabajo para oblar el tributo). 

Finalmente, los problemas demográficos indígenas, frente a la creciente necesidad de medios de consumo y de producción de la naciente sociedad española de la colonia. 

Durante la primera mitad del siglo XVI, la Corona española procuró conservar el señorío indígena y lo realizó mediante una «alianza» con la nobleza india, hecho que le permitió combatir el proyecto señorial de los encomenderos. 

Por un lado favorecieron a los señores étnicos y combatieron el poder de los encomenderos y su pretensión de consolidarse como grupo auténticamente feudal. 

En cambio, a partir de la segunda mitad de la década de 1550, la Corona comienza a promover la constitución de los cabildos indígenas en función del proyecto de establecer las «repúblicas de indios», contribuyendo a debilitar el poderío de los linajes dominantes autóctonos. 

Esta concepción de la «república de indios» se relaciona además con la política de las «congregaciones» del período 1550-1564. A través de ellos se buscan tres objetivos fundamentales: 

1) Re-ordenar el uso de la tierra en un momento en que a población indígena se hallaba particularmente diezmada y coincidentemente, dado el proceso creciente de descubrimiento y explotación de nuevas minas, la sociedad española de la colonia había aumentado de forma evidente sus exigencias de bastimentos. 

Este reordenamiento se orienta a su vez hacia dos objetivos: liberar tierras para las empresas productivas de los españoles y dotar a las futuras «repúblicas de indios» de sus fundos legales adaptados a las exigencias jurídicas del derecho castellano y destinados a la producción del tributo y al sostenimiento de los gastos de la «comunidad». 

Ahora bien, esto sólo podía hacerse si se afectaban de algún modo los intereses de los «señores naturales» de los indígenas. 

2) Dar un fuerte impulso al proceso de aculturación indígena; es decir la «occidentalización» de los indígenas. Aquí nace el pueblo indígena tal como lo conocemos hoy en día. 

3) Hacer accesible la mano de obra indígena. Ya hemos visto que, desde 1550 en adelante, se establece de forma reglamentada el sistema de repartimientos de trabajo, tanto en el valle de México como en el valle poblano. 

Este sistema sólo podía funcionar con éxito si la fuerza de trabajo era accesible y los indios no estaban dispersos. 

Esta dispersión aparentemente irracional, no era más que —justamente— la forma indígena de salvaguardar su acceso a un sistema múltiple de recursos. Veamos cómo se desarrolló esta nueva concepción de la república de indios. 

Las encomiendas afectó fuertemente a esa institución, dado que, muchas veces, el reparto de los indios no se efectuó respetando la extensión territorial y jurisdiccional de los señoríos. 

En el mismo período se produjo un proceso de control acentuado sobre la forma en que tributaban los indios y se comenzó a regular mucho más de cerca al tipo de nexo que se había dado antes entre el papel de los señores como líderes étnicos y su función de perceptores del tributo. 

Evitando que éstos aprovecharan esa circunstancia para apropiarse de parte del producto del tributo. 

En 1562 el contador Valderrama, impulsó en toda Nueva España la tasa del tributo de un peso y fanega y media de maíz por tributario. 

Estos cambios implicaron un sensible aumento de la presión tributaria. Ante el incremento de esa presión, los macehuales insistían en dos puntos: 

1) Para cumplir la nueva tasa era menester restringir los servicios que los macehuales debían a sus «señores naturales»; y 

2) Era indispensable que se repartieran las tierras excedentes de los señoríos a los campesinos dependientes de los nobles y a todos los que no tuvieran tierras. 

En 1564, el oidor Vasco de Puga estableció que había que recontar a los tributarios, incorporar a los padrones a los principales y a sus macehuales —hasta entonces exentos— y disminuir el peso de tributos y servicios que los macehuales debían a sus señores naturales. 

De este modo estaban dadas las condiciones para que el poder sobre los pueblos pasara de los señores al cabildo indígena: la pérdida que sufrieron los señores de sus dependientes y, por otra, la política de congregaciones que implicó una redistribución de la tierra indígena fueron los principales factores que incidieron en la desarticulación del poder económico y social de los líderes étnicos. 

De esa forma se explica la importancia del movimiento de traspaso de tierras señoriales indígenas a manos españolas a finales del siglo XVI: se trataba de tierras patrimoniales que los señores ya no podrían cultivar al haberse quedado casi sin dependientes. 

Finalmente, este proceso apunta a la lenta formación de un peculiar mercado de fuerza de trabajo «libre» y afirma el proceso de consolidación de la gañanía.

Queridos lectores si les gusto lo que leyeron, puede contribuir un poco. Muchas gracias


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